domingo, 23 de febrero de 2025

Comparación del Derecho Romano y el Derecho Mexicano Actual en el Negocio Jurídico, la Propiedad, la Posesión y la Servidumbre

 

Cuando hablamos del Derecho Comparado, nos referimos a una disciplina fundamental en la ciencia jurídica, misma que permite el estudio y análisis de distintos sistemas legales en todo el mundo, cuyo objetivo es el de identificar similitudes o diferencias, así como áreas de convergencia. El Derecho Comparado puede considerarse también una herramienta que contribuye no sólo al entendimiento de la evolución del derecho, sino que también facilita la armonización y modernización de legislaciones nacionales e internacionales. De acuerdo con Zweigert y Kötz (1998), "el derecho comparado no solo busca la identificación de diferencias entre los sistemas jurídicos, sino que también aspira a generar un entendimiento mayormente profundo del derecho como un fenómeno global".

Es importante señalar que la relevancia del Derecho Comparado se encuentra en su capacidad para mejorar la efectividad de los marcos jurídicos a través de la adopción de mejores prácticas extranjeras. Es importante no perder de vista que, dentro de un contexto globalizado, los sistemas jurídicos se encuentran en constante interacción, por lo que esta disciplina permite la adaptación de normas exitosas en distintas áreas del derecho. Tal es el caso del derecho civil, el derecho penal y el derecho mercantil, por mencionar algunos. Bogdan (2013) señala que "el derecho comparado es una herramienta fundamental en la globalización del derecho y en la búsqueda de una mayor uniformidad normativa de carácter internacional".

Además del gran impacto que el Derecho Comparado ha tenido en la formulación de leyes, este desempeña un papel clave dentro de la interpretación de tratados internacionales, así como en la resolución de conflictos normativos entre países. Su gran influencia se torna naturalmente evidente en organismos supranacionales, tal es el caso de la Unión Europea y las Naciones Unidas, donde es fundamental para la creación de estándares jurídicos comunes. Por lo anterior, podemos decir que es también una herramienta fundamental en la educación jurídica, pues proporciona una visión mayormente amplia y analítica de los distintos enfoques legales en el mundo.

Así, el estudio del Derecho Comparado no solo facilita la comprensión de la evolución del derecho, sino que también permite eficientar la impartición de justicia y la legislación en un contexto de cambio constante. A lo largo de este ensayo, analizaremos el impacto del Derecho Comparado y su relación con figuras jurídicas esenciales como el negocio jurídico, la propiedad, la posesión y la servidumbre, comparando su aplicación en el Derecho Romano y el Derecho Mexicano actual.

Negocio Jurídico en el Derecho Romano y Mexicano

El negocio jurídico en el Derecho Romano se consideraba un acto voluntario que podía crear, modificar o eliminar derechos y obligaciones. Por lo anterior, este podía considerarse la base de todas las transacciones legales y también podía ser de carácter unilateral o bilateral (Argón, 2021). Una de sus principales características era la solemnidad en ciertos actos, tales como la mancipatio o la stipulatio, mismas que requerían fórmulas específicas para considerarse válidas. En contraste, dentro del Derecho Mexicano, el negocio jurídico se define como el acto de voluntad designado a la producción de consecuencias legales, regulado por el Código Civil Federal, mismo que establece requisitos fundamentales como capacidad jurídica, consentimiento y objeto lícito (Mendoza, 2022). Si bien es cierto que en ambos sistemas se reconoce la voluntad de las partes como elemento fundamental, el sistema mexicano se ha tornado más flexible en términos de formalidades y otorga protección a las partes más vulnerables en los contratos.

Otro punto importante de comparación es la nulidad y anulabilidad del negocio jurídico. En Roma, cuando un negocio carecía de requisitos esenciales, podía considerarse inválido o inexistente, de acuerdo con el defecto presentado (González, 2023). En México, el Código Civil es quien regula la nulidad, ya sea absoluta o relativa, permitiendo a las partes la impugnación del acto en ciertos casos. Asimismo, mientras que en Roma la buena fe no siempre protegía a quien celebraba un contrato inválido, en México es reconocido el principio de protección del tercero de buena fe. De esta manera, el Derecho Mexicano denota su evolución hacia un modelo más equitativo, en el que la validez del negocio jurídico se revisa de manera enfática en la protección de los derechos de los contratantes.

Propiedad y modos de adquirirla

El concepto de propiedad dentro del Derecho Romano era absoluto y permitía al propietario usar, disponer y disfrutar de la cosa sin restricción alguna, excepto en algunos casos como la expropiación por utilidad pública (res extra commercium) (Rodríguez, 2021). Es importante mencionar que los romanos establecieron diferentes formas de adquirir la propiedad, algunas de ellas son la mancipatio, la traditio (entrega del bien), la adjudicatio (sentencia judicial) y la usucapión (posesión prolongada con requisitos legales). En el caso del Derecho Mexicano, la propiedad sigue siendo un derecho fundamental protegido por la Constitución, pero con algunas limitaciones impuestas por el Estado que permiten la protección del interés público.

Así, uno de los cambios más relevantes en la regulación moderna de la propiedad es la prescripción adquisitiva, misma que en el caso de México es parecida a la usucapión romana. Sin embargo, en el caso del Código Civil Mexicano, se hace una distinción entre prescripción positiva y negativa, regulando los plazos y condiciones mediante los cuales un poseedor puede adquirir un bien. Además, mientras que en Roma la propiedad podía estar restringida a los considerados ciudadanos romanos (ius civile), en México el derecho de propiedad es de carácter universal, aunque posee ciertas restricciones en el caso de personas extranjeras, principalmente en zonas estratégicas.

Posesión en el Derecho Romano y Mexicano

La posesión en el Derecho Romano podía definirse como el control material sobre una cosa, acompañado del animus possidendi, es decir, aquella intención de poseerla como propia (Fernández, 2020). Esta se diferenciaba entre posesión civil, la cual otorgaba derechos reales al mismo tiempo que permitía adquirir el bien a través de la usucapión, y posesión natural, la cual solo implicaba la tenencia de la cosa sin derecho alguno sobre esta. En el Derecho Mexicano, la posesión es un concepto fundamental, mismo que es regulado por el Código Civil, el cual distingue entre posesión de mala fe y posesión de buena fe, permitiendo la protección de quienes han ocupado un bien de manera continua y pacífica por un tiempo determinado.

Cabe señalar que en Roma, la posesión se encontraba protegida por los denominados interdictos posesorios, que hacen referencia a aquellas acciones legales que permitían que una persona se defendiera ante situaciones de despojo. En México, podemos decir que existen mecanismos parecidos, tal es el caso del juicio de amparo y las acciones posesorias, mismas que brindan protección a los poseedores legítimos. No obstante, en el Derecho Mexicano, la posesión puede generar derechos aun cuando no se es propietario del bien, algo que en Roma era dependiente de manera estricta del tipo de posesión ejercida.

Servidumbre en el Derecho Mexicano y Romano

En el caso de la servidumbre dentro del Derecho Romano, hace referencia a un derecho real, mismo que permitía a un propietario utilizar un bien ajeno para un fin específico, sin poseerlo (Martínez, 2023). Se dividía en servidumbres urbanas (uso de muros vecinos, drenajes) y servidumbres rústicas (derecho de paso, acceso a agua). Su concesión dependía de la necesidad del predio dominante y del respeto a las cargas impuestas al predio sirviente. En el caso del Derecho Mexicano, las servidumbres también existen y se encuentran reguladas por el Código Civil Federal. Sin embargo, su aplicación es más restringida, pues los propietarios pueden oponerse si se considera que la carga es excesiva o si afecta su derecho de propiedad.

Asimismo, en México, las servidumbres pueden ser voluntarias o legales, dependiendo de si derivan de una imposición de la ley o de un acuerdo entre particulares, tal es el caso del derecho de paso forzoso. Por otro lado, en Roma, muchas servidumbres eran perpetuas, mientras que en México pueden extinguirse por acuerdo entre pares o por falta de uso prolongado.

Conclusión

El Derecho Romano ha sido una de las influencias más significativas en la formación del Derecho Mexicano, particularmente en áreas fundamentales tales como la propiedad, el negocio jurídico, la servidumbre y la posesión. A través de este breve análisis comparativo, se pone en evidencia que diversas instituciones jurídicas romanas han sido adaptadas y transformadas para ajustarse a las necesidades del sistema legal moderno. Por ejemplo, en el caso del negocio jurídico, México ha heredado el concepto de la voluntad como eje central; sin embargo, ha evolucionado hacia una regulación más garantista, lo que asegura la equidad entre las partes, evitando así situaciones abusivas. Asimismo, la regulación de la propiedad sigue principios heredados de Roma, tal es el caso de la usucapión, solo que con mayores limitaciones y protecciones impuestas por el Estado para evitar la concentración excesiva de bienes y la apropiación irregular de terrenos.

Por otra parte, la posesión y la servidumbre siguen caminos similares en ambos sistemas, aunque poseen ciertas diferencias en su aplicación. Mientras que en Roma el concepto de posesión era más rígido y vinculado a la propiedad, en México se ha flexibilizado hasta cierto punto, con la idea de permitir la protección de quienes ocupan bienes bajo ciertas condiciones, aun cuando los ocupantes no sean los propietarios. En cuanto a la servidumbre, aunque la esencia de su origen romano se conserva, en el Derecho Mexicano se han realizado modificaciones que protegen a los propietarios de cargas excesivas. En conclusión, podemos decir que el Derecho Romano sigue siendo la base estructural del Derecho Mexicano e incluso del derecho a nivel internacional. Es importante reconocer que, aun con la necesidad de modernizarse y adaptarse a las necesidades actuales, se ha logrado equilibrar su aplicación para garantizar la seguridad y la justicia en el ámbito legal mexicano.

Fuentes de información

Álvarez Suárez, U. (1954). El negocio jurídico en derecho romano. Revista de Derecho Privado.

Bogdan, M. (2013). Comparative Law. Kluwer Law International.

Fernández, J. (2020). La posesión en el Derecho Romano y su evolución en el Derecho Mexicano. Revista de Estudios Jurídicos. Recuperado de https://www.revistajuridica.com/posesion-derecho-romano-mexicano

González, P. (2023). La nulidad y anulabilidad en los negocios jurídicos romanos y su impacto en el Derecho Mexicano. Anuario de Derecho. Recuperado de https://www.anuarioderecho.com/nulidad-negocios-juridicos

Martínez, L. (2023). Las servidumbres en el Derecho Romano y su aplicación moderna. Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. Recuperado de https://www.juridicas.unam.mx/servidumbres-derecho

Mendoza, R. (2022). La propiedad y sus formas de adquisición en el Derecho Mexicano. Biblioteca Jurídica Virtual. Recuperado de https://www.bibliojuridica.mx/propiedad-adquisicion

Rodríguez, A. (2021). El concepto de propiedad en el Derecho Romano y su influencia en el sistema jurídico mexicano. Revista Iberoamericana de Derecho. Recuperado de https://www.revistaderecho.com/propiedad-derecho-romano-mexicano

Zweigert, K., & Kötz, H. (1998). Introduction to Comparative Law. Oxford University Press.

 

Características de los periodos del Derecho Romano 

Introducción 

El Derecho Romano puede ser considerado como la base sobre la que se construyeron diversos sistemas jurídicos de la modernidad, tal es el caso del sistema jurídico mexicano. A lo largo de sus cuatro periodos, el Derecho Romano evolucionó desde las denominadas normas basadas en las costumbres, hasta llegar a un sistema altamente codificado, cuyo legado persiste en la legislación actual. Algunos conceptos importantes, como la propiedad, los contratos, la responsabilidad y la jurisprudencia, por mencionar algunos, poseen su origen en el Derecho Romano y hoy en día siguen vigentes en el Derecho Mexicano. Así mismo, el Corpus Iuris Civilis de Justiniano ha sido de gran influencia en la construcción de códigos civiles de distintos países.

Es importante señalar que, durante la Monarquía Romana (753 a.C. - 509 a.C.), el derecho era principalmente consuetudinario, basado en tradiciones orales y administrado por el rey. Con la transición a la República (509 a.C. - 27 a.C.), se generó una codificación significativa con la promulgación de la Ley de las XII Tablas en el siglo V a.C., estableciendo un marco legal mayormente estructurado. En el Imperio (27 a.C. - 476 d.C.), particularmente bajo el mando de Justiniano en el siglo VI d.C., se llevó a cabo una exhaustiva compilación del Derecho Romano, misma que fue conocida como el Corpus Iuris Civilis, cuya influencia ha sido profundamente significativa en los sistemas legales contemporáneos.

Fuentes de información

Britannica. (s.f.). Constantine I. Encyclopedia Britannica. https://www.britannica.com/biography/Constantine-I-Roman-emperor

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Díez-Picazo, L. (2007). Sistema de Derecho Romano. Madrid: Editorial Tecnos.

Fernández Baquero, M. E. (2012). La costumbre como fuente del Derecho Romano. Universidad de Granada. https://digibug.ugr.es/handle/10481/24816

García Garrido, M. J. (2011). Lecciones de Derecho Romano. Madrid: Editorial Dykinson.

Iglesias, G. (2011). La influencia del derecho romano en el derecho civil mexicano: los códigos civiles de 1870, 1884 y 1928. Revista de Derecho Privado, (3), 3-20. Universidad Nacional Autónoma de México. https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-derecho-privado/article/view/20072/18007

Norwich, J. J. (1997). Byzantium: The Early Centuries. Penguin Books.